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  1. Relatoria 22 de febrero

    14 marzo 2013

    Relatora: María Albao Macanaz

    RELATORIA DE BIENES, 22 DE FEBRERO DE 2013

    La clase empezó con la socialización de la tarea sobre que es inteligencia emocional, la cual definimos como aquellas actitudes, habilidades y características de un ser humano para las relaciones con la sociedad y consigo mismo, pudiendo distinguir nuestros sentimientos y los de quien nos rodea. Luego hablamos sobre MICEA, el cual es un procedimiento de aprendizaje de manera grupal, en el que se utiliza la implementación de tecnologías de información y comunicación, los pasos para realizar esta metodología son los siguientes: aula dinámica, auto-aprendizaje, equipos de aprendizaje, asesoría y socialización.
    A continuación, empezamos con la materia de la clase de bienes, recordando rápidamente las dos primeras clasificaciones de los bienes que habíamos visto la clase anterior, y continuando con el resto de ellas, estas fueron:
    ·         POR SU NATURALEZA:
    o   Corporales: Son aquellos bienes que son perceptibles por los sentidos y ocupan un espacio determinado. Estos se dividen en:
    §  MUEBLES: Son aquellos bienes perceptibles por los sentidos, que ocupan un lugar en el espacio y que pueden cambiar de lugar sin perder su individualidad, ni pasar a ser otra cosa. Así mismo estos se clasifican por:
    ·         Naturaleza:
    o   ANIMADOS: aquellos bienes muebles, que no necesitan de alguna fuerza externa o ayuda del hombre para su movilización.
    o   INANIMADOS: aquellos bienes muebles que necesitan de alguna fuerza externa o de la ayuda del hombre para su movilización.
    ·         Anticipación: Son aquellos bienes muebles que aún no se han individualizado de lo que lo produce, pero el legislador crea una ficción de este, anticipándole su naturaleza.
    ·         Fungibilidad:
    o   FUNGIBLES: aquellos bienes muebles que tienen un poder liberatorio al cumplir con el pago. Este poder liberatorio puede ser:
    §  Objetivo: cuando es el mismo objeto quien libera el pago.
    §  Subjetivo: cuando es el acreedor quien decide con que se libera el pago.
    §  Legal: cuando el poder liberatorio está establecido en la ley.
    o   NO FUNGIBLES: aquellos bienes muebles que no tienen poder liberatorio, es decir que no pueden ser remplazados.
    ·         Consumibilidad:
    o   CONSUMIBLES: aquellos bienes muebles que se extinguen en su primer uso.
    o   NO CONSUMIBLES: aquellos bienes muebles que no se extinguen en su primer uso.
    §  INMUEBLES: Son aquellos bienes perceptibles por los sentidos, que ocupan un lugar en el espacio y que no pueden cambiar de lugar, y si lo hacen, pueden perder su individualidad. Estos se clasifican por:
    ·         Naturaleza: todos los bienes que tengan que ver con el suelo, el subsuelo y el espacio aéreo.
    ·         Adhesión: todo bien mueble que se adhiera permanentemente a un bien mueble por naturaleza, perdiendo así su individualidad. Cualquier persona puede colocarlo.
    ·         Destinación: todo bien inmueble que se incorpora a u inmueble cumpliendo un fin. Solo el dueño puede colocarlo.
    o   Incorporales:Son aquellos bienes que no son perceptibles por los sentidos y no son tangibles.
    ·         POR SU DISPOSICION:
    o   Comerciabilidad:
    §  COMERCIABLES: bienes susceptibles de enajenación por estar dentro del comercio.
    §  INCOMERCIABLES: bienes no susceptibles de enajenación por estar fuera del comercio.
    o   Embargabilidad:
    §  EMBARGABLES: todo bien susceptible de embargo, secuestro, o cualquier otra medida cautelar.
    ·         Medidas cautelares:
    o   Embargo: se busca sacar el bien del comercio para que el deudor se insolvente. Se realiza mediante el registro en la oficina de instrumentos públicos.
    o   Secuestro: se busca poner a disposición de la justicia los bienes embargados para la realización de esta.
    §  INEMBARGABLES: todo bien que no sea susceptible a que le recaigan medidas cautelares. Estos son determinados por la ley.
    ·         POR SU TITULARIDAD Y DISPOSICION ESPECIFICA:
    o   privados: todo bien que este a cabeza de un particular, y es regulado por el derecho privado.
    o   públicos: todo bien que este a cabeza del estado y regulado por el derecho público, pero con excepciones. Se dividen en:
    §  FISCALES: bien público, con uso restringido únicamente para funcionarios públicos, enajenables, embargables y no prescriptibles.
    ·         Por adjudicación: (bienes baldíos) son los bienes adjudicados por el estado a algún particular.
    o   BIEN BALDÍO: bien mueble que nunca ha sido apropiado.
    ·         Por concesión.
    §  DE USO PUBLICO: bien público, de uso para toda la sociedad, inembargables, inajenables, incomerciables, imprescriptibles y posibles de desafectar.
    §  DE INTERES CULTURAL Y PATRIMONIAL:bien público con un significado histórico y cultural, inembargable, inajenable e incomerciable.
    o   Vacante: todo bien que tuvo un propietario privado, pero ya no tiene, pasa a ser parte del fondo nacional agrario por medio de un proceso judicial.
    o   Mostrenco: todo bien inmueble a cabeza del estado porque nunca ha tenido un titular. Pasa a ser del ICBF por medio de un proceso judicial.
    ·         POR SU EXISTENCIA:
    o   Presente: bien con una existencia física y jurídica actual.
    o   Futuro:bien que se espera exista, pero que actualmente no tiene existencia física o jurídica.
    ·         POR SU DIVISIBILIDAD:
    o   Divisibles: bien que se pueda fragmentar física o jurídicamente sin perder su esencia.
    o   Indivisibles: bien que no admite ser dividida ni física ni jurídicamente, porque perdería su esencia.
    ·         POR SU ESPECIFICACION:
    o   De genero: bien que no perece, por tener características comunes con otra cosa.
    o   De cuerpo cierto:bien identificado por características particulares únicas e irremplazables.
    ·         POR SU AUTONOMIA:
    o   Principales: bien que no necesita de otro para su existencia o subsistencia.
    o   Accesorios: bien que requiere de uno principal para su existencia, según:
    §  Suelo
    §  Función
    §  Valor económico
    §  Valor afectivo
    §  Volumen
    Las tareas asignadas son las siguientes:
    1.    Que es la inteligencia múltiple y qué relación tiene con la educación y el aprendizaje? (erga omnes)
    2.    Cuál es el régimen jurídico para las zonas francas? (Lucas Jaramillo)
    3.    Investigar sobre los bonos de carbono en relación a la materia. (Laura Bonilla, Johan Caldas, Mauricio Díaz)
    4.    Leer los artículos 101 y 102 de la Constitución Política (Voluntario)
    5.    Que es un bien ejido? (Juan Jose Valbuena)



















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